miércoles, 7 de noviembre de 2012


Concepto

En numerosas disciplinas científicas, identidad de género alude al género con el que una persona se identifica (es decir, si se percibe a sí mismo como un hombre, una mujer, o de otra manera menos convencional), pero también puede emplearse para referirse al género que otras personas atribuyen al individuo con base a lo que saben de él o ella por las indicaciones que da de rol de género (conducta social, vestimenta, estilo de pelo, etc.).

La identidad de género es la conciencia que se adquiere de la igualdad, la unidad y la persistencia de la individualidad como varón o mujer, y en nada tiene que ver la ambivalencia como mal afirmaba John Money en 1955; en cuanto a la identidad sexual, es un término preferentemente psicológico y determinado biológicamente, en donde se toma conciencia de la función real como varón o mujer y se determinará la orientación sexual pero definitivamente ambas se encuentran estrechamente vinculadas (resultaría imposible hablar de identidad de género sin hacer referencia al dimorfismo sexual de la especie humana).

Rol de género

Un rol de género se define como un conjunto de normas de comportamiento percibidas asociadas particularmente como masculinas o femeninas, en un grupo o sistema social dado. Puede ser una norma de división del trabajo por géneros.

El género es uno de los componentes del sistema sexo/género, que hace referencia al "Conjunto de disposiciones por el cual una sociedad transforma la sexualidad biológica en un producto de la actividad humana, y por el cual estas necesidades transformadas son satisfechas"

Ley de identidad de género

El Senado aprobó una ley que le permitirá a toda persona rectificar en los registros públicos el sexo, imagen y nombre de pila con el que fueron inscritos al nacer cuando no coincidan con la identidad de género auto percibida.

La iniciativa, aprobada con 55 votos a favor y una abstención, será especialmente beneficiosa para la comunidad transexual ya que permite la rectificación registral sin obligación de acreditar intervención quirúrgica ni terapias hormonales u otro tratamiento psicológico o médico.

Derechos Humanos:

 Los derechos humanos (DD.HH) son aquellas libertades, reivindicaciones y facultades inherentes a cada una de las personas por su mera condición humana. Estos se caracterizan por ser irrevocables, inalienables, irrenunciables e intransferibles. Los DD.HH pueden ser divididos en tres grandes grupos: Derechos civiles y políticos: estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos desatados a finales del siglo XVIII en manos de grupos revolución.

Universales e inalienables

El principio de la universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Este principio, tal como se destacara inicialmente en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se ha reiterado en numerosos convenios, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos. En la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, por ejemplo, se dispuso que todos los Estados tenían el deber, independientemente de sus sistemas políticos, económicos y culturales, de promover y proteger todos los derechos humanos y las libertades fundamentales.

Interdependientes e indivisibles

Todos los derechos humanos, sean éstos los derechos civiles y políticos, como el derecho a la vida, la igualdad ante la ley y la libertad de expresión; los derechos económicos, sociales y culturales, como el derecho al trabajo, la seguridad social y la educación; o los derechos colectivos, como los derechos al desarrollo y la libre determinación, todos son derechos indivisibles, interrelacionados e interdependientes. El avance de uno facilita el avance de los demás. De la misma manera, la privación de un derecho afecta negativamente a los demás.

Iguales y no discriminatorios

La no discriminación es un principio transversal en el derecho internacional de derechos humanos. Está presente en todos los principales tratados de derechos humanos y constituye el tema central de algunas convenciones internacionales como la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer.